Inscribí a tu Establecimiento en el Registro Nacional de Generadores de Residuos.

Artículo 8 del Decreto N° 6.538/2011 que reglamenta la Ley N° 3.361/07, establece la Obligatoriedad del Registro.

A continuación se encuentra el listado de establecimientos de salud y afines, que deben estar Inscriptos en el Registro Nacional de Generadores.

Descarga el Formulario de Inscripción
https://digesa.mspbs.gov.py/formularios/
Mas Información: rstramite.digesa@mspbs.gov.py

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